martes, 8 de enero de 2013

La protección jurídica y administrativa del patrimonio cultural (3)

La legislación supranacional



Como complemento a una entrada anterior (1) sobre la legislación supranacional que afecta a la labor de instituciones museísticas, hoy traemos la información de organismos concretos que, dentro de la UNESCO, tienen competencias en diversas áreas, y que han suscrito documentos de interés para el funcionamiento del Museo:





Adoptada en México en 1999 como una revisión de la de 1976, la Carta Internacional sobre turismo cultural va encaminada a aconsejar las acciones más recomendables para la gestión del turismo en lugares con un patrimonio cultural significativo. Sus principios se pueden adoptar para revitalizar el disfrute del patrimonio conservado por el Museo, y convertirlo en una experiencia satisfactoria para el visitante, al mismo tiempo que establezca una relación sostenible entre el patrimonio y el turismo, proporcionando una forma de que el público valore el patrimonio como algo propio.






El Código de Deontología del ICOM para los Museos es un documento básico, que establece las normas mínimas de conducta y práctica profesional para los museos y su personal. aprobado en 1986, adoptó su forma definitiva en Barcelona (2001). Todos los miembros del ICOM se comprometen a cumplirlo al afiliarse.





(1) Comprobar las entradas con la etiqueta "normativa", así como la página "Normativa" de este blog.